lunes, 23 de diciembre de 2013

Privatización de Petroperú y contratación administrativa

Columna “Derecho & Empresa”

RAPIDOS Y FURIOSOS

Ángel Armando Correa Freire (*)

El viernes 13 de diciembre se aprobó en el pleno del Congreso la Ley de Modernización de la Refinería de Talara. Es un proyecto de 3500 millones de dólares, de los cuales con recursos propios Petroperú financiará 2700 millones de dólares mediante endeudamiento, y el resto va a ser financiado por entidades privadas, inversionistas de negocios conexos. Se supone que el Estado no desembolsará dinero, pero de todos modos compromete los recursos de la nación y de todos los peruanos; pero lo más importante de la norma es que trae aparejado el inicio de un proceso parcial de privatización, mediante el lanzamiento de una oferta para que  el 49% del accionariado de Petroperú pase a manos privadas.
Pese a las buenas intenciones del legislador, creemos que cabe desmentir la siguiente premisa: “la participación en bolsa de PETROPERÚ y la propiedad del 49% en manos de privados va a dinamizar y  optimizar la gestión de PETROPERÚ". El hecho de participar en bolsa no va a cambiar el funcionamiento de la empresa, que va a seguir siendo de propiedad pública y cuyo control va a seguir siendo en un 51% del Estado, mucho menos si la empresa no ha implementado mecanismos que le permitan funcionar como una verdadera empresa privada, cuando tan importante como la propiedad es que la empresa privatice su funcionamiento.
Por ejemplo, para contratar Petroperú utiliza el Reglamento de Contrataciones de Petroperú, reglamento aprobado por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado mediante Resolución Nº 523-2009-OSCE/PRE de fecha 11 de diciembre de 2009, el cual está inmerso dentro de un gran manual de procedimientos logísticos. En defecto del reglamento se aplica la Ley de Contrataciones del Estado, lo cual lo pone a la empresa en una evidente situación de desventaja frente a una empresa netamente privada por dos sencillas razones. Una es que el régimen burocrático de un Proceso de Competencia Menor o de un Proceso de Competencia Mayor, hace que este demore al menos entre 60 a 90 días una contratación o adquisición, lo cual dificulta la agilidad y dinamismo de la empresa. Y el segundo problema que genera la contratación administrativa es que se debe escoger lo más barato entre propuestas que acreditan requisitos técnicos iguales o parecidos, que satisfacen lo establecido en las bases administrativas; para dinamizar PETROPERÚ esto debe cambiar radicalmente.
Un ejemplo imaginario sería el siguiente: Tenemos dos empresas, la primera es una empresa internacional certificadora química que otorga certificados ISOS y OSHAS a nivel mundial, la otra es un consorcio entre una empresa nueva llamada MEDIOCRE S.A.C y un laboratorio de una universidad X. Las dos postulan a un Proceso por Competencia Mayor, para el muestreo y análisis  de sedimentos, efluentes  y residuos sólidos de una Estación del Oleoducto Nor Peruano. Es evidente que para garantizar un mejor estudio ambiental y evitar responsabilidades futuras, deberíamos pagar un poco más como empresa, sin embargo el laboratorio de la universidad también cumple los requisitos mínimos (al menos en apariencia) y como está consorciada y en el contrato de consorcio se señala a la universidad como la gestora del laboratorio y a MEDIOCRE S.A.C como la que realiza el simple muestreo, y además su Monto Estimado Referencial es muy bajo, ellos ganarían la buena pro, siendo el más afectado Petroperú y, ahora, sus accionistas privados también, en caso el servicio sea malo.
(*) Universidad de Piura. Montes Delgado - Abogados SAC.

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