viernes, 18 de julio de 2014

Certificado de Defensa Civil como barrera burocrática para INDECOPI

Columna “Derecho & Empresa”

BARRERAS BUROCRÁTICAS: PROBLEMA GENERALIZADO

Sheyla Llontop Hurtado de Mendoza (*)

Una persona puede desempeñar su profesión en diferentes esferas laborales, ya sea en el sector público o en el sector privado, bajo las modalidades que la Ley otorga; sin embargo, el sector que se encuentra más allegado a la ciudadanía es el Sector público, ya que es el vivo reflejo del Estado y sus organismos descentralizados frente a la población.

Dichos organismos resultan de vital importancia para la sociedad ya que son los que asisten a la mayor parte de la población, ya sea por diversos factores, como el económico. Es debido a esta importancia que el trabajador del sector público la mayoría de las veces se encuentra o se posiciona en un rango que lo lleva a imponerse por encima del ciudadano, quien reclama su derecho pero que no le es reconocido como consecuencia de la rigurosidad y burocracia que existe dentro de estas entidades del Estado.

Para centrarnos en una entidad en específica, haremos mención a las Municipalidades, lugar al que todo ciudadano debe acudir para la realización de diversos actos jurídicos y procedimientos para solicitar autorizaciones, licencias, entre otros. La Municipalidad si bien está encabezada por el Alcalde, tiene a sus regidores y resto de personal autorizado para laborar en dicha entidad, quienes asumen las funciones encomendadas para cada puesto de trabajo.

Ahora, el problema no radica en el personal de trabajo propiamente dicho, sino en las exigencias requeridas a las personas que van  a realizar sus trámites, los cuales devienen la mayor parte en perjudiciales, sea por la complejidad o por la dilación de tiempo que corre en contra del administrado, a pesar de la existencia de principios administrativos entre los que se hace referencia al Principio de Simplicidad.

Estas son las llamadas “barreras burocráticas” y perjudican no sólo a las persona, sino a la ciudad misma, dado que detiene el progreso, el cual viene generalmente de la mano de la inversión, sobre todo, de la inversión privada, la cual, por culpa de estas barreras, se queda muchas veces en el trámite para solicitar licencias o en el procedimiento propiamente dicho. Entonces, lo que obtenemos es una consecuencia doble: Un alcalde que no invierte en el progreso de su ciudad, y al empresario privado que por culpa de esta entidad y de los obstáculos no puede invertir ni ayudar al progreso de la ciudad.

Sin embargo, en los últimos años el tema de eliminar este tipo de barreras viene tomando mayor apogeo debido a los diversos perjuicios que se divisan en los diferentes campos laborales. De esta manera, INDECOPI, en un claro reflejo de su labor por luchar contra las barreras burocráticas, ha emitido la reciente Resolución N° 219-2014/CEB-INDECOPI emitida el 4 de Julio del 2014 por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas – INDECOPI, cuya denunciante es Eckerd Perú S.A (que opera la cadena de establecimientos “Inkafarma”) y el denunciado es la PCM (Presidencia del Consejo de Ministros), en donde de manera objetiva esta Comisión declara barrera burocrática a la disposición legal que exige la renovación del Certificado de Defensa Civil cada dos años, cuando no existen variaciones en el establecimiento, desde la emisión del Certificado de Defensa Civil original.

Uno de los argumentos dados por dicha Comisión radica en que la PCM no cuenta con facultades para exigir la renovación de este certificado, dado que la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo no le ha administrado esta facultad, y porque la Ley Orgánica de Municipalidades no establece en ninguna disposición que dicho certificado deba ser renovado cada dos años. Asimismo, otro de los argumentos de esta Comisión radica principalmente en que las renovaciones, propiamente actos administrativos, se especifican por Ley y no por Decreto Supremo o Resolución Jefatural.

Así como este caso existen múltiples situaciones en donde diversos organismos estatales solicitan y establecen ciertas exigencias, respecto a la renovación de algún permiso, registro sanitario, u otro acto administrativo, sin que dichas disposiciones encuentren sustento en una Ley. Resultando esta resolución un precedente importante en los esfuerzos del INDECOPI para la eliminación de las perjudiciales barreras burocráticas.

(*) Abogada, Universidad Católica Santo Toribio de Mogrovejo. Montes Delgado – Abogados SAC.

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