CONTABILIDAD
DE COSTOS Y TAMAÑO DE LOS ARBOLES
Daniel
Montes Delgado (*)
La determinación de
los costos de una empresa productiva, entre ellas las del sector agrario, puede
ser un verdadero dolor de cabeza, debido a la complejidad que pueden adoptar
los criterios de asignación o distribución de los costos indirectos, es decir,
aquellos costos que se pueden considerar parte del costo de producción, pero
que no se puede establecer inmediata y precisamente cuánto de esos costos
corresponden a cada etapa del proceso productivo o a cada línea de producción o
a cada centro de costos. Las normas contables ayudan a establecer ello, pero es
evidente que no pueden abarcar todos los supuestos, ni resultan infalibles.
Por su parte, la Ley del
Impuesto a la Renta (LIR) es muy escueta al respecto, pues se limita a señalar
que los costos de producción son aquellos constituidos por los materiales
directos (materia prima y suministros), la mano de obra directa (remuneraciones
de trabajadores involucrados directamente en el proceso productivo) y los
costos indirectos. Debe entenderse entonces que a falta de regulación
detallada, debemos recurrir a las normas contables, que aunque no sean normas
jurídicas, son las que deben usarse en el Perú.
El problema es que
SUNAT tiende a hacer una de dos cosas, a dejar de lado esas normas contables si
considera que le conviene en un caso concreto, o a interpretar esas normas
contables de un modo que podríamos llamar demasiado simplista, también según su
conveniencia. No sabemos si la administración entrena a sus auditores para que
asuman criterios de este último tipo, pero llama la atención que en los últimos
tiempos aparezcan criterios de asignación de costos, esgrimidos por los
auditores de SUNAT, que no resisten ninguna lógica ni el sentido común, lo cual
no les impide ser usados para sustentar acotaciones elevadas.
Vayamos al ejemplo a
que alude el título de este artículo. Tenemos el caso de una empresa
agroexportadora que siembra árboles frutales y cosecha los frutos para
exportarlos. En la medida que los diferentes campos de cultivo tienen
condiciones de suelo, riego y turnos de siembra diferentes, el control de la
empresa respecto de lo que invierte en cada uno de esos campos se realiza
registrando el costo de los insumos utilizados en cada campo, incluyendo
fertilizantes, agroquímicos y suministros diversos, además de la mano de obra
directa, por obrero, por día y por tarea agrícola, entre muchas otras cosas
más. Es decir, la empresa está en capacidad de registrar en su contabilidad de
costos los asumidos por cada campo, lo cual permite que al momento de cosechar
la fruta, pueda asignar a la misma el costo respectivo, ya que la cosecha
también se hace por campo y lote de árboles, conforme a las normas de sanidad
agraria y aspectos de trazabilidad de los productos que SENASA y/o el mercado
internacional exigen.
¿Entonces cuál es el
problema? Que el auditor de SUNAT afirma que ese sistema no sirve, y que por
ejemplo, para asignar el costo de los fertilizantes y agroquímicos, debe
tomarse el total de lo gastado en ellos en el ejercicio anual y aplicarles un
porcentaje que resulta de comparar el número de plantas en etapa de producción
con el número total de plantas que tiene la empresa. Digamos, que si gasta un
millón en los suministros en el año, y solo tiene treinta mil árboles en
producción (que fueron cosechados en el año), pero veinte mil más en
crecimiento (entre algunos meses y tres años de edad) y cincuenta mil más en
almácigos (entre un día y algunos meses de sembrados), solo debería usar el
treinta por ciento de todos los suministros consumidos, dejando el 70% restante
como parte de los inventarios de fin de año.
Lo absurdo de este
criterio resulta evidente si solo pensamos en que debe ser muy distinto el
consumo de esos suministros entre plantas de tan diversas edades, además de
considerar que cada campo y cada lote puede tener necesidades de aplicación muy
diferentes (plagas, condiciones de clima, tipo de suelo, enfermedades, etc.).
Salvando las distancias, sería igual de absurdo que en una granja, el auditor
sostuviera que un animal recién nacido consume la misma cantidad de alimento y
necesita los mismos cuidados que uno adulto y listo para ser comercializado, y
por esa vía pretendiera establecer el costo del alimento consumido o las
medicinas utilizadas.
Si SUNAT va a utilizar estos criterios simplistas para establecer errores en la contabilidad de costos de las empresas, tendremos serios problemas en esta materia. Esperemos que no sea así y se trate de casos aislados de creación heroica de algunos auditores, nada más.
(*) Abogado PUCP, MBA
Centrum Católica. Montes Delgado – Abogados SAC.
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