ESQUELAS
INDUCTIVAS Y MULTAS POR NO EXHIBICION (HIPOCRESIA EXTREMA)
Daniel
Montes Delgado (*)
El Tribunal Fiscal (TF) sigue resolviendo los
reclamos interpuestos por los contribuyentes contra las resoluciones de multa
emitidas por SUNAT, en los casos en que esas multas obedecen a la negativa de
los contribuyentes a exhibir o presentar toda su documentación contable,
requerida mediante las famosas esquelas inductivas, que pretenden no ser
acciones de fiscalización pero que en el práctica funcionan como tales, pero
sin garantía alguna de respeto al contribuyente de sus derechos al debido
procedimiento, a la defensa y a la prueba.
En buena cuenta, el TF sigue haciendo la vista
gorda con el atropello a los contribuyentes, como si en verdad estas “acciones inductivas”
solo fueran una revisión o verificación del cumplimiento de obligaciones
formales como el llenado de libros, referidas a inconsistencias siempre
alegadas por SUNAT pero nunca señaladas concretamente, precisamente porque no
existen, sino que son el pretexto para citar al contribuyente para ser
presionado con suposiciones acerca de lo que los verificadores piensan que
debería pagar para que lo dejen en paz.
Es difícil de creer que los vocales del TF no se
hayan interesado en conocer en verdad cómo funcionan estas acciones inductivas,
de modo que la ignorancia sobre estos hechos no puede justificar sus
resoluciones reiteradas defendiendo lo indefendible. Se limita ahora el TF (ver
RTF 06327-5-2015 como ejemplo) a señalar que tratándose de meras acciones
inductivas tendientes a subsanación de omisiones y/o inconsistencias del
contribuyente, SUNAT está facultada a requerir lo que le parezca sin ceñirse al
procedimiento de fiscalización, por lo que no se vulneran los derechos de los
contribuyentes.
¿Qué decía hasta hace poco el mismo TF (ver RTF
05587-5-2014 como ejemplo)? Pues que la facultad de fiscalización es
discrecional y SUNAT está facultada a requerir documentos, bastando que la
esquela detalle los documentos que deben ser presentados. La única diferencia
es que ahora se hace referencia a las supuestas omisiones o inconsistencias,
pero el mensaje es el mismo: la administración puede usar sus facultades como
quiera, sin necesidad de usar el procedimiento que se supone se dictó para
regular esas facultades y proteger de paso los derechos de los contribuyentes
(reglamento de fiscalización).
¿Qué dice el TF sobre el argumento de que la Norma
IV del Código Tributario exige que por norma con rango de ley se regulen los
procedimientos administrativos que puedan afectar los derechos de los
contribuyentes, pero a pesar de ello ni al Congreso, ni al MEF ni a la SUNAT
les interesa regular estas mal usadas acciones inductivas? Pues no dice nada.
¿Qué dice el TF sobre el argumento de que en
realidad las esquelas inductivas no se diferencian en nada de los
requerimientos de fiscalización que debieran regularse por el procedimiento?
Pues tampoco dice nada, haciendo lo mismo que SUNAT, que es ignorar siempre que
puede al bendito reglamento, que por supuesto nunca le hizo gracia a la
administración y hace como si no existiera cada que puede. Basta con advertir
que en la propia página web de SUNAT no aparece por ningún lado el susodicho
reglamento de fiscalización, siendo una norma tan importante, mientras que sí
aparecen infinidad de normas y regulaciones menos relevantes.
¿Qué dice el TF sobre el hecho de que las famosas
esquelas inductivas acusan inconsistencias pero nunca señalan una sola de ellas
en concreto? Pues tampoco dice nada, pese a que esto afecta el derecho de
defensa de los contribuyentes, que son citados a defenderse de no saben qué
cosa, siendo que en realidad la cita es para que el verificador se invente una excusa
para empezar la presión por rectificar y pagar lo que sea.
¿No sabe nada de esto el TF? Difícil de creer. Lo
que es más fácil de comprender es que un órgano que se supone debe ser
independiente se someta a consideraciones de índole recaudatoria por encima de
la legalidad y los derechos que está llamado a defender, solo por apoyar un
esquema tributario basado en la tergiversación de las normas hasta límites
reprobables. Entendible, pero nunca justificable.
(*) Abogado PUCP, MBA Centrum Católica. Montes
Delgado – Abogados SAC.
Yo no he podido ingresar a la página de sunat operaciones en linea, tengo ciertos problemas con mi documentación y me dijeron que ingresara para obtener mi cita, no he podido realizarlo aun.
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