Columna “Derecho & Empresa”
IRRACIONALIDAD AL FISCALIZAR COSTOS DE
PRODUCCION
Daniel
Montes Delgado (*)
Estamos observando, al menos en el norte del país,
una tendencia preocupante en las fiscalizaciones de SUNAT sobre costos de
producción para efectos del Impuesto a la Renta. ¿De qué se trata? De una
exigencia que puede resultar irrazonable, dada la naturaleza de los bienes
producidos, del sistema de costeo por absorción, del volumen de operaciones y
de la multiplicidad de costos incurridos, entre otros factores, de los cuales el
hecho de que las fiscalizaciones ahora son a distancia puede ser muy relevante.
Pero vamos por partes.
Como se sabe, una empresa productiva, en especial
las del sector agropecuario, tiene la obligación de llevar una contabilidad de
costos, la misma que por supuesto se basa en un registro de inventario permanente
valorizado y en la asignación de los costos incurridos en base a órdenes de
producción, que dan lugar a lotes. Como ordena la ley del impuesto (art. 20)
esos costos incluyen los de los materiales empleados, la mano de obra directa y
los costos indirectos asignados. Todo eso, por supuesto, se dice fácil, pero no
lo es en absoluto; por eso, las empresas usan sistemas informáticos apropiados
para el manejo de toda esa información, llevando registro de cada paso a partir
de documentos, ya sea físicos (guías de remisión, facturas, etc.) o virtuales
(órdenes de salida o ingreso de almacén, etc.).
SI una empresa tiene varias etapas del proceso
productivo, cada una con una gran cantidad de materiales involucrados (incluyamos
aquí la depreciación de los activos fijos intervinientes), además de una considerable
cantidad de órdenes de producción y lotes durante cada año, tenemos que el costo
de ventas por cada uno de esos lotes finalmente vendidos contiene soles
distribuidos a partir de los consumos de materiales (adquiridos en grandes
volúmenes, pues no se compran por separado para cada lote), mano de obra (con
toda la cadena de personal involucrado) y una larga lista de costos indirectos
(suministros diversos, mantenimiento, depreciación, asesorías, transporte,
seguros, servicios, etc.).
Si la fiscalización de SUNAT se realizara de forma
presencial en la sede de la empresa y se tratara de verificar la corrección de
la asignación de los costos de cada lote, podría el auditor tomar cualquier
orden de producción y lote y comprobar si los soles absorbidos corresponden a
compras o a gastos realmente incurridos, solicitando el sustento de las compras
de materiales, de la depreciación, de la mano de obra y cualquier otro
elemento, puesto que el sistema informático que estaría a la mano permitiría
atender esa comprobación de las muestras elegidas en forma inmediata o casi
inmediata (teniendo los archivos de documentos físicos a mano).
Pero, la realidad es otra. Como la fiscalización es
a distancia, el auditor lo que hace es requerir que se le demuestre la
composición de los costos asignados no a unas cuantas muestras (pues teme quedarse
corto), sino de una buena cantidad de lotes, exigiendo un sustento similar a
los famosos reparos de “fehaciencia”: comprobantes de cada compra de materias
primas e insumos (incluyendo los de los activos fijos utilizados), guías de
remisión, documentos de ingreso y salida del Kardex, bancarización, contratos,
detracciones, retenciones, etc.
Con esto, la empresa debe preparar una montaña de
documentos, convertirlos al famoso formato PDF/A, subirlo todo a la plataforma
de SUNAT durante varios días e insumir cientos o miles de horas de trabajo de
su personal (incluido el adicional contratado al efecto), pues cada lote puede
absorber costos de docenas (o hasta cientos) de diferentes conceptos (incluso
de adquisiciones de años anteriores al fiscalizado). Con ello, a la empresa su
sistema informático no le sirve para convencer a SUNAT de nada. “Cuadrar” al
centavo cada lote y sus costos con el sustento documentario exigido se convierte
en una tarea titánica, además con un plazo que casi siempre resulta demasiado
corto.
Será por eso que, tras presentar semejante volumen
de datos, el auditor desaparece durante meses, ocupado supuestamente revisándolo,
para reaparecer después dando señales de no haber revisado más que por encima
los documentos y formulando reparos por cualquier cosa a partir de determinados
documentos, ya sea porque no le parecen los presentados o porque la empresa no
alcanzó a presentar hasta el más ínfimo. Lo más peligroso, sin embargo, es el
riesgo increíble de que el auditor amenace con una determinación sobre base
presunta por cualquier supuesto defecto menor de la contabilidad de costos; pero
no porque realmente esa contabilidad no esté bien llevada, sino porque la
traducción pedida por el auditor, de forma irrazonable, la hace ver, a sus
ojos, como incompleta o errada. Un solo ejemplo: ¿cabe una determinación sobre
base presunta solo porque la empresa no ubicó y presentó la factura por la ropa
de trabajo de los obreros encargados del riego de un conjunto de campos
agrícolas, que forma parte del costo de esos lotes?
En esta clase de fiscalizaciones de empresas
productivas, la fiscalización a distancia no sirve, eso es algo que debe
cambiar. O afinar la manera de fiscalizar a distancia, de modo que no se meta a
las empresas en una trampa muy difícil de sortear y se hagan comprobaciones
realmente útiles.
(*) Abogado PUCP; MBA Centrum Católica.
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