miércoles, 4 de diciembre de 2024

 

Columna “Derecho & Empresa”

 

EXCESOS EN LA FISCALIZACION MUNICIPAL: LA PARTE POR EL TODO

 

Daniel Montes Delgado (*)

 

Un hotel de 5 estrellas cuenta, entre otros muchos ambientes, con salones de reuniones de diversos tamaños y capacidades de aforo; precisamente uno de ellos es alquilado a una empresa de entretenimiento que publicita y lleva a cabo un evento denominado “teatro infantil” dirigido a familias con hijos pequeños. Básicamente, un espectáculo de reducidas dimensiones y corta duración, sin superar el aforo permitido y con las correspondientes licencias o permisos de entidades de derechos de autor como APDAYC, etc.

 

Sin embargo, el día y hora del evento se apersona un fiscalizador municipal y levanta un acta de infracción al hotel “por ejercer giro distinto al autorizado según su licencia”. En concreto, para el fiscalizador el salón del evento del hotel no tenía licencia para funcionar como “teatro”. Y, además, pretendía clausurar el salón de eventos donde se desarrollaba el supuesto teatro.

 

Lo absurdo del asunto salta a la vista, pero veamos los detalles. Un hotel, para ser categorizado como de 5 estrellas, debe cumplir con los requisitos que la norma sectorial establece, entre ellos, el contar con ambientes justamente para eventos. El Reglamento de Establecimientos de Hospedaje señala además que un hotel es una edificación cuyas partes constituyen una estructura homogénea, lo que equivale a decir que es un conjunto que a pesar de estar compuesto por diversas partes o elementos funciona de manera unificada e interdependiente, operando con un mismo propósito. En suma, un hotel funciona como un todo, no se regula ni controla sus actividades cada una por separado, salvo que una norma legal expresa señale algo distinto.

 

Por esa razón, la licencia municipal de funcionamiento de un hotel comprende todo el establecimiento, y no se otorga licencias municipales a cada parte del hotel por separado o por cada tipo de actividad. Esto es obvio, dado que la licencia cubre todas las actividades comprendidas en la categorización del hotel, en este caso, comprende entonces los salones para eventos. Y, como es lógico, esos eventos pueden comprender una gran variedad: matrimonios, congresos, conferencias, road shows, desayunos empresariales, presentaciones de libros, reuniones de empresas, clases de posgrado, y un largo etcétera que puede incluir, por supuesto, un show cuyos organizadores denominen “teatro infantil”.

 

Y, como es claro, el salón de eventos del hotel no es iglesia, ni centro de convenciones, ni escuela de posgrado, ni cine, ni teatro, ni restaurante ni nada por el estilo. Es tan absurdo el actuar del fiscalizador municipal como que, al mismo hotel se le exija licencia de funcionamiento como “cochera” porque tiene espacios de estacionamiento para sus clientes. Por cierto, a ese mismo hotel, años antes, le levantaron otra acta de infracción precisamente por eso, por no tener licencia de cochera. Aunque la multa fue revocada y se pensaba que ese tipo de elucubraciones habrían cesado junto con la anterior gestión municipal, al parecer siempre hay personas dispuestas a persistir en el error.

 

Tomar una parte de un establecimiento comercial y pretender separarla para exigir licencia municipal por cada cosa que se haga en esa parte es una arbitrariedad. Eso puede ser cuando se tienen rubros muy distintos y con regulaciones diferentes, como por ejemplo los locales de un centro comercial, que pueden ir desde tiendas de ropa hasta veterinarias. Lamentablemente, estas prácticas de los municipios para hacerse de recursos a través de multas no es algo aislado, sino más bien algo recurrente, que debería cambiar para no afectar los derechos de los contribuyentes.

 

(*) Abogado PUCP; MBA Centrum Católica.

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