Columna “Derecho &
Empresa”
LA
MANIA POR LOS REGISTROS Y LAS MULTAS
Daniel
Montes Delgado (*)
Hace poco la
Municipalidad de Sullana publicó la Ordenanza 0027-2012/MPS, por la cual crea
un Registro de Transportistas de Carga en su provincia, como un requisito sin
el cual los transportistas de carga terrestre no podrán circular por esa
jurisdicción, así como una tabla de infracciones y sanciones, estas últimas
sumamente elevadas comparadas con las del Reglamento Nacional de Tránsito. Esta novedad nos ayuda a ilustrar un problema
frecuente en nuestro país: el abuso de la pretendida autonomía municipal y la
multiplicación de obligaciones a las empresas formales.
Para empezar, existen
varias normas de alcance nacional que regulan el transporte terrestre, tanto el
particular como el público, sea de pasajeros, carga, etc. (Ley General de
Transporte y Tránsito Terrestre, Ley 27181; Reglamento Nacional de
Administración de Transporte, D.S. 017-2009-MTC; Reglamento Nacional de
Tránsito, D.S. 016-2009-MTC, entre otras). Existe además ya un Registro
Nacional de Transporte Terrestre de Carga, que administra el Ministerio de
Transportes.
Pero más allá de todo
eso, la Municipalidad de Sullana, como otras en el país, pretende crear para su
provincia, un registro especial, donde deben anotarse los transportistas de
mercaderías que quieran circular por sus vías. ¿Se imagina si cada municipio
provincial hiciera lo mismo, y usted tuviera una empresa de transporte de carga
que hace viajes entre Lima y Tumbes?
Lo peor es que el
argumento para la ordenanza que comentamos, es que las vías de la ciudad son
deterioradas por la circulación de vehículos de carga, por lo que es preciso
regular dicha circulación; además del problema de congestión vehicular en
algunas zonas. Es evidente que, si una vía no está hecha para soportar el
tránsito de camiones, no mejorará porque los camiones tengan una tarjeta nueva
con el flamante registro municipal. El camión no se volverá más ligero por
contar con el permiso. Con o sin registro, esa vía debe ser o reconstruida, o
cerrada al paso de camiones, con la señalización respectiva.
Entonces, lo que
debería hacer la municipalidad, es determinar las vías que sí pueden soportar
el tránsito de camiones, y las que no, señalizando debidamente todas ellas. Y
en los casos en que la congestión sea el problema, establecer horarios, también
debidamente publicitados en letreros reguladores. Esto sí lo puede hacer sin
interferir con las competencias de las entidades de alcance nacional y sin
complicarle sus actividades a las empresas formales de transporte de carga. En
ese caso, bastará con multar a los camiones que infrinjan la señalización,
precisamente por no obedecer las señales de tránsito, que es una infracción ya
prevista en las normas nacionales.
Lo más grave es que
las nuevas infracciones establecidas por la ordenanza en cuestión repiten
mayormente las que ya están fijadas en el reglamento nacional de tránsito (solo
un ejemplo: transportar carga sin los implementos de seguridad), por lo que se
daría el absurdo de poder ser multado dos veces por una misma infracción. O,
interpretando la intención del municipio, solo una vez, con la multa de Sullana
obviamente, porque es diez veces más alta. Esto no tiene sentido y es, por
donde se le mire, ilegal y hasta inconstitucional. No solo no se respetan las
competencias de los niveles de gobierno, sino que se duplican requisitos,
permisos, trámites, costos y hasta sanciones.
Lamentablemente, es
una tendencia a nivel municipal, y hasta se puede decir de gobiernos regionales
también, por lo que hay que ponerle freno o hacer empresa en el Perú se volverá
todavía más difícil de lo que ya es. La imperiosa necesidad de ser competitivos
nos obliga a ello.
(*) Abogado PUCP, MBA
Centrum Católica. Montes Delgado – Abogados SAC.
Daniel: Interesante comentario y reflexión sobre un hecho tan cotidiano en las municipalidades pequeñas (no sé si la de Sullana lo es).
ResponderEliminarCreo que estamos ante una barrera burocrática en todo el sentido de la palabra.
Felicitaciones por el blog.
CARLOS TEJADA LOMBARDI