jueves, 23 de agosto de 2012

Precauciones en traspaso de empresas


TRASPASO NEGOCIO = VENDO PROBLEMAS ¿ME LOS COMPRA?

Daniel Montes Delgado(*)

 
Es frecuente ver avisos de venta de pequeños negocios, bajo la aparente forma de un “traspaso”: peluquerías, restaurantes, bodegas, etc. Por lo general se indica que se vende el negocio en funcionamiento, con licencia, local, clientela, trabajadores y equipamiento, por una cifra global. Y, cosa curiosa, muchos señalan que la razón de la venta es “por viaje”. Pero ¿qué está comprando alguien cuando acepta un traspaso de este tipo?

Primero, digamos que esta figura mercantil es muy antigua y sigue siendo regulada, increíblemente, por una ley de inicios del siglo veinte (aunque, es cierto, esa ley no dice gran cosa). Más allá de eso, las únicas otras leyes que se ocupan del tema son las tributarias. Conforme a estas, un traspaso solo es posible cuando lo que se transfiere es una empresa “unipersonal”, es decir, una forma de empresa que no es persona jurídica, sino la misma persona natural haciendo negocio con su RUC. Así, el traspaso consiste en que una persona natural le vende su negocio a otra persona natural, para que lo siga explotando, con la totalidad del patrimonio involucrado.

Esta forma de traspaso está, por ahora, exonerada del Impuesto General a las Ventas (IGV). Y, en el caso del Impuesto a la Renta, no se le aplica las reglas de valor de mercado, lo que significa que los activos de la empresa pueden venderse a su valor en libros (con lo cual, la ganancia nominal puede ser baja y el impacto del impuesto modesto). Pero, repetimos, la condición es que se transfiera todo el patrimonio del negocio, no una parte, y que se continúe la actividad. En otras palabras: hay que adquirir lo bueno, lo malo y lo feo. Asimismo, por aplicación del Código Tributario, hay responsabilidad solidaria temporal del adquirente y transferente por las deudas tributarias del negocio (porque hay un cambio de RUC). Este verdadero traspaso es la forma menos usada en la realidad, y si se usa, se ejecuta mal en muchos casos.

Caso distinto es el de aparentes “traspasos” de negocios organizados como personas jurídicas, sean sociedades mercantiles (S.A., S.R.L., S.A.C., etc.) o empresas individuales de responsabilidad limitada (EIRL). En realidad, esto no es un traspaso, sino un cambio de titularidad de la persona jurídica, a través de la venta de acciones o participaciones. Y como tal, no tiene más beneficio tributario que una tasa reducida de 5% sobre la ganancia que haga el vendedor al transferir esos títulos. Un error frecuente es asumir que estos “seudo-traspasos” pueden tener los beneficios tributarios de los verdaderos, cuando no los tienen.

Por otro lado, cuando se adquiere una persona jurídica, no hay una responsabilidad solidaria temporal, sino que se asume sin límite todas las contingencias tributarias, laborales y administrativas, hasta que prescriban, porque la empresa sigue siendo la misma (como el RUC es el mismo). Un ejemplo: un empresario le puede ofrecer “traspasarle” su negocio persona jurídica, y le demuestra que tiene un ingreso diario importante, pero resulta que solo declara la mitad de ellos a la SUNAT. Si usted solo mira la ganancia “real”, pero deja de lado el riesgo de que SUNAT lo fiscalice a futuro y le cobre todo aquello no pagado por el dueño anterior, habrá comprado un gran problema y será muy difícil que recupere lo pagado por el “traspaso”.

En cualquier caso, sea un traspaso real o una transferencia de persona jurídica, el comprador debería evaluar detalladamente las contingencias del negocio derivadas de la actuación del empresario anterior, antes de fijar un precio o aceptar el trato. Y siempre es bueno, además, pactar que se reserve una parte del precio a pagarse meses después, cuando se terminen de revelar posibles contingencias ocultas. No olvide que en no pocas ocasiones ese “viaje” aducido como razón del traspaso, puede ser indicio de que se quiere evadir serios problemas que se han estado incubando lentamente. Comprar un negocio en marcha no debe significar comprar problemas, si el adquirente es diligente y previsor.

(*) Abogado PUCP, MBA Centrum Católica. Montes Delgado – Abogados SAC.

14 comentarios:

  1. Una consulta tengo un negocio con persona natural y quiero hacer el traspaso del negocio a un persona jurídica que impuestos pagaría

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    1. El traspaso, que supone transferir todo el patrimonio de la empresa unipersonal, esta inafecto del IGV por los bienes muebles involucrados. Ademas, no se aplican las reglas de valor de mercado del impuesto a la renta, por lo que los activos pueden pasar a su valor contable, no generando ganancias gravadas.

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  2. Al trapasar una empresa EIRl a otra persona ésta última asume todos los activos, pasivos y deudas de la empresa. Y el anterior representante legal y gerente queda libre.
    Gracias
    Ana

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  3. Una consulta si tengo un bien en una EIRL constituida por mi y quiero traspasar dicho bien a mi nombre pero como persona natural que debo hacer?

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  4. Una consulta, quiero hacer el traspaso de una persona jurídica a una persona natural y que esta me pague el valor del negocio en cuotas, que requisitos o a que cuerpo legal tengo que recurrir?

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  5. quiero traspasar mi negocio como persona juridica pero no pasar mi razon social es decir solo el local amueblado, que debo hacer?

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  6. que puedo hacer para traspasar mi negocio peo sin la razon social ni marca, solo el local?

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  8. Soy persona natural y deseo traspasar un hostal a otra persona natural debo pagar algun impuesto?

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  9. TENGO UNA EIRL CON RUT DE EMPRESA ,SI TRASPASO POR UNA VENTA MI EMPRESA ESTA OTRA PERSONA SIGUE CON EL MISMO RUT DE EMPESA? Y SOLO CAMBIARIA EL RUT DEL REPRESENTANTE LEGAL? DE ANTE MANO MUCHAS GRACIAS

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  10. Si después de analizar los productos a traspasarme,me doy con la sorpresa de que estan por vencerse puedo dimitir el traspaso, sin lugar a perjuicios?

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  11. buenas noches , estimado Licenciado.
    Tengo una empresa E.I.R.L
    soy el titular gerente y deseo traspasarlo a un familiar .
    como deveria hacer y cuanto seria el costo , de poder hacer el cambio .
    De antemano muchas gracias.

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  12. Buenas noches dictorresulta que mi sobrina desea traspasar una empresa EIRL a su primo (mi hijo) dichacempresa tiene deudas financieras y tributarias que sucederia si mi hijo acepta la transferencia favor una ayuda

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  13. Buen día, quiero adquirir una tienda por traspaso. Y al no estar la marca registrada en indecopi, registrarla a mí nombre. Que es la propuesta. Que debo tomar en cuenta?

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